» 19-02-2021 |
Los cuatro artículos del CP que se quieren reformar (y que si ya se hubieran reformado, nos hubiera ahorrado la violencia actual) hablan de la expresión: provocación, incitación, enaltecimiento, injurias, odio, etc. En el paulatino endurecimiento de las condiciones de vida del ciudadano -cuyo paralelo es el mejoramiento de las condiciones de vida de políticos y empresarios- las derechas hacen leyes que recortan las libertades a los ciudadanos y la izquierda -que las critica- no las retira cuando gobierna. Lo hemos visto con la ley mordaza, la reforma laboral, los recortes económicos, la reforma del CP sobre delitos de expresión, la reforma de las tasas de la justicia, la de la ley de procesamiento de delitos de corrupción, etc. Muchas de estas reformas se incluyen en los presupuestos del estado para que dentro de lo más grande se cuele lo más pequeño. Veamos qué significa cada uno de esos conceptos para ver cómo los entiende el CP.
1. La provocación (y la apología) no es un concepto que aparezca en esos artículos (recordemos: enaltecimiento del terrorismo, injurias al Jefe del Estado, odio, y hacia los sentimientos religiosos) pero es un antiguo compañero del feminismo y de las sentencias de los jueces sobre el tema. Aparece en el artículo 18 CP: “1. La provocación existe cuando directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito: Es apología, a los efectos de este Código, la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito. 2. La provocación se castigará exclusivamente en los casos en que la Ley así lo prevea. Si a la provocación hubiese seguido la perpetración del delito, se castigará como inducción.”
Es determinante que se incite directamente a la perpetración de un delito. Sin embargo durante decenios los jueces entendieron que la forma de vestir de las mujeres era determinante para que se produjeran agresiones sexuales. Se estableció la relación causal: vestimenta-provocación que hacía culpables a las mujeres de su propia agresión sexual. Por otra parte el diccionario de la RAE dice:”1. Acción de provocar."la provocación existe cuando se incita de palabra, por escrito o impreso, u otro medio de posible eficacia, a la perpetración de cualquier delito” 2. Actitud, acción o conjunto de palabras con que se provoca en alguien la ira o el deseo."sus palabras son una provocación” Como el punto 2 repite la palabra provocación se remite al punto 1, lo que impide su interpretación autónoma, es decir, lo deslinde del delito.
2. Enaltecimiento del terrorismo. Amplia el concepto de apología del art. 18. Dice el art. 578 CP: “1. El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses. El juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que él mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57.” Dice claramente delitos (es decir sentenciados, por lo que los delitos tipificados debería quedar fuera). Pero se presta a interpretaciones.
La RAE por su parte dice: “acción y efecto de ensalzar (engrandecer o alabar)”.
3. Injurias (a la corona y la bandera). Art. 490.3 CP: “El que calumniare o injuriare al Rey o Reina a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son. ¿Decir de la reina que es anoréxica o manipuladora es injuriar. Decir que el Rey cobra comisiones o tiene dinero no declarado es injuria).
Respecto a los símbolos el art. artículo 543 del CP dice: "Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses”. ¿Cantar borracho el “Asturias patria querida” es una injuria?
Por su parte la RAE dice sobre las injurias: “ 1. Agravio, ultraje de obra o de palabra. 2. Hecho o dicho contra razón y justicia.3. Daño o incomodidad que causa algo. 4. En derecho. Delito o falta consistente en la imputación a alguien de un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o estimación. ¿Incomodidad?
4. Inducción. Art. 14 CP: "Instigación, consejo, persuasión para obrar en determinado sentido; y, más estrictamente, para cometer un delito o colaborar en su perpetración". La Rae por su parte define inducir: “1. Mover a alguien a algo o darle motivo para ello. 2. Provocar o causar algo. 3. Extraer, a partir de determinadas observaciones o experiencias particulares, el principio general implícito en ellas. Por su parte define incitación como: “1. Inducir con fuerza a alguien a una acción.” ¿Qué quiere decir fuerza: persuasión o coacción?
Podría continuar pero creo que la idea está clara: el idioma es perverso y siempre cabe una interpretación. ¿Por que se admite la ambigüedad (la anteriormente citada de “fuerza”); el lenguaje gremialista; las contradicciones? Por dos razones: 1) por que no es posible erradicarlas; 2) porque le interesa al poder que, de ese modo, puede “evadir” el estado de derecho mediante la interpretación. Es lo que Rancière llama la partición de lo sensible: de cómo clasifiques las cosas dependerá su razonabilidad. Antes de razonar hay que clasificar, delimitar, lo que se va a razonar. La partición de lo sensible demuestra que la razón es subsidiaria de la clasificación previa. Eso el poder lo sabe y lo usa. Porque las leyes las redacta y las interpreta el poder. A la perversión del idioma se añade la perversión del poder y entonces, el ciudadano está jodido. Deberíamos añadir que los jueces (excepto el Supremo) no pueden “interpretar” las leyes. Pueden interpretar sus términos (de acuerdo con procedimiento tasados) pero no interpretar su intención que se complementa con la exposición de motivos. Jamás ocurre. ¿De qué sirve ser juez si no puedes juzgar interpretando la ley?
No soy violento (no por virtud sino por genética) y siempre pienso que las cosas se resuelven mejor con diálogo que con violencia (que no deja de ser un título del poder según Platon). Pero no entiendo porque el poder, el Gobierno tiene el privilegio del poder y aún entendiéndolo creo que su ejercicio debería ser exquisito. Vemos la actuación de la policía y sentimos la sensación de que no se les trata como a nosotros. Su actuación lleva a pensar que es una policía política y que tiene trato de favor. ¿Villarejo es policía, no? ¿Billy el niño era policía? Murió en la cama cubiero de medallas. Las torturas del franquismos en Via Layetana y los sobreseimientos de tantos investigados por abusos, el trato que dio González a Amedo y Dominguez. Todo hace pensar que política y policía (como dice Ranciére) tienen una relación tortuosa. Pero si la política reduce nuestra participación política, nuestro diálogo, a la rendija electoral mediada, empiezo a pensar que la democracia no existe. Cuando al pueblo no le dejas otra opción que el cabreo, que la desesperación, el desencanto, no esperes que sea razonable. A no ser que las corruptelas, la corrupción y el desplifarro os parezcan razonables. Sois vosotros los que tenéis que ser razonables y hace mucho que no lo sois. Todos, con la boca llena de democracia plena. Dice Robles que somos la 23ª democracia del mundo. No dice todas las deficiencias que se le achacan, por AI… sin ir más lejos. Tampoco dice que ninguna democracia occidental es plena. Los USAnos acaban de absolver a su presidente por sedición. Siempre podremos decir que la nuestra es mejor porque nosotros encarcelamos a los “sedicentes”.
Saldrá una nueva ley. Cambiarán las penas (¡Algo es algo!) pero no mejoraran las categorías ni las clasificaciones. Pero lo importante es que la tardanza en hacerlo ha “inducido” la violencia, Porque la ciudadanía ha interpretado esa situación como una “injuria” a su presunta soberanía, un “enaltecimiento” de la desfachatez política, que ha resultado una “provocación” para los jóvenes. Cuando las leyes son una “apología” del poder político, los ciudadanos se cabrean… y pasa lo que pasa. Ese CP que tanto les gusta aplicar, habla de más cosas que de autoría directa: habla de apología, inducción, enaltecimiento, injurias, etc. Incluso de complicidad de cohecho, prevaricación. Porque los ciudadanos también sufren. O mejor dicho: son los que sufren siempre y definitivamente. Una nación es un conjunto de ciudadanos que trabajan para mantenerla (las hormigas) y unos vagos (las cigarras) que los explotan. Adivinidad. Amén.
El desgarrado. Febrero 2021.