» 19-11-2019 |
Ya hemos citado que la democracia indirecta española no deja más que una oportunidad de participación que es la rendija electoral. Además solo se votan diputados y senadores. Ningún otro cargo intermedio puede ser votado en España a no ser la administración gremial como Colegios profesionales y Cámaras de comercio. Los referéndum solo son posibles con 500.000 peticiones y no son vinculantes por lo que nadie tiene interés en instarlos. En Catalunya se tuvo cierto interés en realizar referéndum municipales sobre la catalanidad de los municipios pero parece que -una vez constatado- aquel interés se ha perdido. Resumiendo: lo de votar en la Constitución española es escaso y de poca calidad.
En directa relación con su interés en un referéndum que aflorara la carga independentista catalana, el procés ha tenido un gran interés en poner las urnas en la calle para reforzar su posición. Lo hizo Mas y lo repitió Puigdemont, en ambos casos ilegalmente. Frente a ese apercibimiento de ilegalidad, la consigna de los independentistas fue que “votar no es un delito”, lo que estrictamente es cierto. Lo que es delito es organizar una votación que es y ha sido declarada ilegal. En su idea de que la ley (el estado de derecho) no es algo que se tenga que cumplir, por cuanto existe una ley superior que es la legitimación del derecho a decidir y la soberanía, que se superponen a cualquier ley española, el procés decidió que podía organizar una votación cuando le diera la gana y así lo hizo. Después vino la campaña internacional de victimización en la que se explicaba hasta la saciedad que a los pobres catalanes (se omitía que fueran el 50%) no se les permitía votar, ¡esa esencia de la democracia!
Así las cosas debemos entender que en la Constitución catalana, votar será un trámite administrativo. Cualquiera podrá organizar una votación acerca de lo que quiera y cuando quiera sin más que obtener la imprescindible licencia que no será sino un trámite. Bajo el emblema de ¡Votar no es un delito! se podrá consultar a la población sobre cualquier tema porque lo esencial no es el contenido de la consulta sino el profundo hecho mismo de la votación que es profundamente democrático. Cualquier alcalde podrá revalidar su sillón por el simple expediente de repetir las elecciones hasta que salga lo que espera. Catalunya será una fiesta en la que votaremos a todas horas y todos los días hasta que hastiados de tanta democracia no delictiva desistamos de hacerlo y dejemos el resultado en manos de los más persistentes.No parece razonable pero es evidente que al procés es lo que le parece democrático.
Esta acumulación de prácticas constituciones tan alejadas de los usos occidentales hacen pensar que la Constitución catalana no recogerá todas las peculiaridades citadas hasta ahora. Habra, entonces, que justificar que si se hizo en un determinado momento fue porque era un estado de excepción, un estado de revolución (pacífica, por supuesto) en el que las medidas excepcionales eran totalmente justificadas. Como en la revoluciones de verdad, en las que se distingue entre la situación constituyente (la revolución) y la situación postconstituyente (la normalidad). Habrá que reconocer, en definitiva, que hubo una situación constituyente que a todos los efectos fue revolucionaria. Por tanto habrá que reconocer que en momentos de excepcionalidad se puedan aplicar medidas que no son aplicables en los momentos de normalidad. A Catalunya le puede caber el honor de aprobar la primera constitución que reconozca la legalidad de la revolución (pacífica, por supuesto) que inaugure un periodo constituyente en el que el orden constitucional quede suspendido. Con una policía que mantenga el orden por la persuasión, una constitución tan abierta no será lo que más incentive a los inversores extranjeros. O, sí. ¿Quién sabe?
El desgarrado. Noviembre 2019.