» 2018-01-26 |
La 13-24 legislatura. La separación de poderes.
Era evidente que lo que entiende el gobierno (y por extensión el PP) por separación de poderes no es lo que pone en la Constitución. Para ésta la separación de poderes es la independencia mutua entre el ejecutivo (el gobierno), el legislativo (el Parlamento) y el poder judicial (la administración de justicia). El estado moderno cree (con la boca pequeña) que esa independencia es imprescindible en una democracia. Todos los estados democráticos la incluyen en su constitución y todos ellos sin excepción tratan de conculcarla en la teoría (la legislación) y en la práctica (el ejercicio del gobierno). Que el gobierno disponga del Decreto-ley para legislar o que intervenga en la elección de los órganos rectores de los jueces y en la designación a dedo de cargos claves, así como de la fiscalía, que prácticamente le pertenece, no son sino corrupciones de esa separación de poderes.
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