» 2019-11-18 |
Cat-adeu 73-2 La Constitución de la república catalana. La soberanía.
Todas las Constituciones democráticas depositan la soberanía en el pueblo. Pero una cosa es llenarse la boca de democracia y otra ejercerla cabalmente. Una vez depositada en el pueblo se mediatiza su ejercicio por las instituciones y la representación. El pueblo no puede por sí mismo ejercer la soberanía si no es a través de las instituciones del estado (la ley electoral, por ejemplo) o a través de representantes electos o nombrados por los electos. Lo primero es el estado de derecho y lo segundo la democracia representativa. Como si dijéramos el pueblo no está legitimado para ejercer la soberanía y solo puede adquirir la legitimación a través de instituciones y representantes. Estas instituciones unas veces legitiman de forma directa (la ley electoral) y otras de forma indirecta (el resto). En el caso de la representación, en España es del tipo: “si te he visto, no me acuerdo”. Una vez depositado el voto nada más hay que tratar entre el representado (el pueblo) y el representante (el político electo). La rendija electoral es el único memento de contacto entre ambos.
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